Calculadora de usura en tarjetas revolving
Compara la TAE de una tarjeta revolving con el tipo medio de mercado que publica el Banco de España en la fecha en que se celebró el contrato, y aplica el margen de 6 puntos de la STS 258/2023 para juzgar si el interés es usurario conforme a la Ley Azcárate.
Si no hay usura, no se acabó el asunto: con el margen de 6 puntos, la mayoría de las revolving entre el 20 % y el 26 % quedan fuera. La vía viva hoy es la falta de transparencia — en las SSTS 154/2025 y 155/2025, de 30 de enero, se desestimó la usura y prosperó la abusividad. Conviene plantear ambas como principal y subsidiaria.
Serie del Banco de España disponible: junio de 2010 – mayo de 2026. Los contratos anteriores se enjuician con el dato de 2010, por mandato de la STS 258/2023.
Indique la TAE y la fecha del contrato para ver el juicio de usura.
Por qué el tipo medio no es el que usted recuerda
La tabla 19.4 del Boletín Estadístico del Banco de España tiene filas etiquetadas con un año («10», «11», «12»…) que casi todo el mundo lee como la media de ese año. No lo son: son el dato de diciembre. Está comprobado contra los datos mensuales de la propia serie, y la brecha con la media real llega a 0,61 puntos (2020: 18,06 % frente a 18,67 %), suficiente para decidir un caso frontera.
Eso explica el 19,32 % que la STS 258/2023 atribuye a 2010: no es la media de aquel año (19,23 %), es diciembre de 2010. Cuando una resolución dice «el tipo medio de tal año según el Banco de España», casi siempre está usando el dato de diciembre. Esta calculadora usa por defecto el dato del mes de celebración, que es lo que pide la doctrina, y le muestra al lado la fila anual del boletín para que sepa qué cifra puede estar manejando la contraparte.
El Banco de España tampoco publica la TAE, sino el TEDR, que es la TAE sin comisiones. La STS 258/2023 admite compararlos y cifra el hueco «entre 20 y 30 centésimas». Por eso, cuando el diferencial cae entre 6,00 y 6,30 puntos, la calculadora no le dará un sí ni un no: le dirá que está en zona de pleito.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es usuraria una tarjeta revolving?
Cuando la TAE del contrato supera en más de 6 puntos porcentuales el tipo medio de las tarjetas revolving que publica el Banco de España, referido a la fecha de celebración del contrato. Es el criterio del Pleno del Tribunal Supremo en la STS 258/2023, de 15 de febrero, aplicando la Ley de Represión de la Usura de 1908.
¿Qué tipo medio se usa como término de comparación?
El de la serie específica de tarjetas de crédito y revolving del Boletín Estadístico del Banco de España (tabla 19.4), en el mes de celebración del contrato. Se compara la TAE, no el interés nominal (STS 628/2015), y no vale el índice del crédito al consumo general (STS 149/2020).
¿Y si el contrato es anterior a junio de 2010?
El Banco de España no publica serie específica de revolving antes de esa fecha. La STS 258/2023 acude a la información más próxima en el tiempo, la de 2010 (19,32 %), y rechaza expresamente usar el índice del crédito al consumo general. La calculadora aplica ese mismo criterio.
¿Qué consecuencias tiene que el interés sea usurario?
La nulidad radical del contrato (art. 3 de la Ley de Usura): el prestatario está obligado a entregar tan solo la suma recibida, y la entidad debe devolverle todo lo pagado por encima del capital dispuesto. Esa nulidad no prescribe y es apreciable de oficio.
¿Y si el diferencial no llega a los 6 puntos?
No se acabó el asunto: queda la vía de la falta de transparencia. En las SSTS 154/2025 y 155/2025, de 30 de enero, el Pleno desestimó la usura y en cambio prosperó la abusividad por falta de transparencia. Por eso conviene plantear ambas acciones como principal y subsidiaria.
¿Por qué el dato del Banco de España no coincide con la «fila anual» del boletín?
Porque las filas anuales de la tabla 19.4 no son la media del año: son el dato de diciembre. La brecha con la media real llega a 0,61 puntos, suficiente para decidir un caso frontera. La calculadora usa el dato del mes de celebración, que es lo que pide la doctrina, y muestra al lado la fila anual para que sepa qué cifra puede manejar la contraparte.
Esta calculadora es orientativa y no constituye asesoramiento jurídico. Las cuantías y reglas provienen de las fuentes oficiales que se citan en cada cálculo (BOE, INE, Banco de España, DGSFP); verifique el resultado antes de trasladarlo a un escrito o a una reclamación.
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